[push h=”20″]El Pleno del Senado de la República aprobó con 98 votos el proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos sobre la impartición de la justicia en materia laboral.[push h=”20″]
Transfiere la Impartición de Justicia a los “Tribunales Laborales del Poder Judicial” .
Se reforma el Artículo 123 Constitucional desapareciendo las Juntas de Conciliación y Arbitraje al ser sustituidas por órganos del Poder Judicial federal o local, según la competencia. Las leyes orgánicas de estos poderes definirán las características específicas mediante las cuales operarán los jueces o juezas laborales.[push h=”20″]
Organismo Descentralizado
Se crea un organismo descentralizado de carácter federal, que a escala nacional tendrá las facultades de registrar a los sindicatos y los contratos colectivos de todo el país; en otras palabras, se federalizan estas materias y se suprime el poder que tenían el Poder Ejecutivo federal y los locales para ejercer control sobre ellos. Este organismo tendrá una tarea adicional en materia de conciliación cuando se trate de juicios de materia federal. A nivel local, la conciliación será competencia de órganos descentralizados que se crearán en cada estado.
Este organismo federal tendrá la facultad de verificación para autorizar la firma y depósito de los contratos colectivos de trabajo.
Elección del Titular
Su titular será nombrado entre una terna que el Ejecutivo federal propondrá al Senado con los requisitos de mayoría calificada de dos tercios, que se aplica a otros cargos.
Libertad de Contratación Colectiva “Libertad Sindical”
Se emplea un nuevo concepto denominado “libertad de contratación colectiva”, el cual garantizar la legalidad, certeza y representatividad por parte de los sindicatos, así como la obligación del registro del Contrato ante este nuevo Organismo impartidos de justicia.
Nuevas obligaciones para las Empresas y Organizaciones Sindicales.
Acérquese con nuestros profesionales a recibir más información al respecto.